[Opinión] ¿A qué nos atenemos?

El gobierno de Sánchez quiere pagar los apoyos de los partidos independentistas catalanes concediendo el indulto a los presos del «Procés» y, naturalmente, la derecha aprovecha la ocasión para el acoso y derribo de l actual gobierno de coalición.

La oposición del trio derechista (PP, Cs y Vox) se niegan a tal gracia y claman al mas ardoroso patriotismo del nacionalismo español arguyendo, entre otras razones, que para tal indulto al menos debería existir arrepentimiento expreso de los condenados, pero ello no se va a producir. Y surge la pregunta ¿acaso lo ha habido en otros supuestos? Veamos dos casos muy conocidos:

-Tejero, el del fracasado 23 F, fue condenado en 1981 a 30 años y, sin mostrar el mínimo arrepentimiento, fue indultado en 1993 por el Tribunal Supremo y ello por «conveniencia pública» (¡¡??).
– Milans del Bosch, condenado también igualmente a 30 años por la misma chapuza golpista del 23 F, sería indultado en 1990, sin tampoco arrepentirse.

Pero también puede ilustrarse la conclusión final recordando algún otro caso. Así el proceder respecto al siniestro del YAK 42 con el trágico resultado de 42 muertos y en el que hubo dos responsables declarados y condenados que pasados unos pocos años fueron también indultados.

Y un último caso. Nos referimos a los asesinatos de los abogados del despacho de Atocha, en Madrid.

De los autores hubo dos condenados a una pena de 193 años. Uno de ellos, Carlos García Juliá a los pocos años se escapó a Brasil, siendo localizado y extraditado el año 2019; aún, tras aplicarle varios beneficios legales, le faltaban por cumplir 6 años, pues bien fue puesto en libertad y, actualmente hace una vida totalmente normal sin problema alguno.

Tras todo lo anterior, obténganse conclusiones respecto a lo del intento del gobierno de Sánchez de indultar a los presos del «Procés».
(y no hemos querido hacer referencia a los asesinos del Montejurra 76, aunque en ese crimen era imposible aplicar gracia alguna porque no llegaron tan siquiera a ser juzgados por el «borrón y cuenta nueva» de la puesta en vigor de la Constitución.)